Personal colaborador en proyectos de investigación

La investigación, la transferencia y la innovación son algunas de las funciones prioritarias de la Universidade de Vigo. Para mejorar la actividad investigadora, la institución académica precisa incorporar personal específicamente contratado para esas tareas, bien sea en los grupos de investigación, bien sea en otras estructuras relacionadas, como los centros de investigación o los institutos de investigación. 

La normativa actual vigente en la Universidade de Vigo determina cuál es el procedimiento para la contratación de personal investigador.


Contratación

El procedimiento para la contratación en la Universidade de Vigo se realiza mediante procesos abiertos, transparentes y basados en el mérito. Las personas investigadoras principales deberán dirigir sus propuestas de contratación de personal investigador a la Unidad de Contratación de Proyectos de Investigación para su inclusión como anexos en cada convocatoria pública. 

Las convocatorias se publicarán al menos cada 15 días.

Disposición transitoria segunda

De acuerdo con el establecido en la disposición transitoria segunda de la Normativa de contratación del personal investigador de la Universidade de Vigo, aquellos contratos por obra o servicio determinados firmados por la UVigo, vinculados a un centro de investigación reconocido por el sistema universitario de Galicia, a grupos de investigación de referencia competitiva (GRC) o a grupos de potencial de crecimiento (GPC), que habían estado vigentes el 31 de diciembre de 2021 o durante el período transitorio previsto en el Real decreto-ley 32/2021 (transitoria cuarta) y cuya vigencia termine en 2022 o en una fecha posterior, podrán transformarse en contratos indefinidos del artículo 23 bis de la Ley 14/2011, de 1 de junio , de la ciencia, tecnología e innovación, siempre y cuando se cumplan  acumulativamente dos requisitos:

  • Que la selección de las personas afectadas se realizara a través de convocatoria resuelta respetando los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad así como de publicidad.
  • Que se cuente con financiación acreditada suficiente para hacer frente a todos los costes vinculados a la dicha contratación.

De manera excepcional, para atender esta disposición, se establece el siguiente procedimiento:

  1. El investigador/a principal del proyecto o de la actividad recibirá por correo electrónico un documento con información relevante sobre la  posible transformación del contrato, entre otras, el coste anual.
  2. El siguiente paso será cubrir el formulario disposición transitoria segunda. Se debe subir la declaración responsable cubierta y firmada electrónicamente.   
  3. Debido a la excepcionalidad de este proceso, la comisión de investigación resolverá en fases sucesivas, según la fase de finalización de los contratos; se iniciará con los que finalizan en junio y en julio.


Prórrogas para contratos por obra y transformación de contratos con fondos europeos
 

Prórrogas de contratos por obra o servicio

Los contratos por obra o servicio vigentes con anterioridad a la entrada en vigor del Real decreto-ley 32/2021, podrán prorrogarse mientras esté en vigor el proyecto y hasta el 30 de diciembre de 2024 como máximo.

Para gestionar estas prórrogas, seguirá utilizándose el procedimiento habitual antes de la entrada en vigor de la normativa de contratación. Los investigadores e investigadoras principales deben cubrir y firmar el anexo I de solicitud de prórroga y tramitar la solicitud al Servicio de PDI a través de las unidades de apoyo de los centros.


Transformación en temporales de la disposición adicional quinta

Aquellos contratos vinculados al PRTR o para la ejecución de programas de carácter temporal con financiación de fondos de la UE que se formalizaron a través de un contrato por obra o servicio y que estén próximos a finalizar, podrán transformara en la nueva modalidad de contratación temporal de la disposición adicional quinta del Real decreto-ley 32/2021 y prorrogar su vigencia sin necesidad de publicar una nueva convocatoria.

Para esto los investigadores e investigadoras principales deberán presentar una declaración responsable de que la contratación se realizó conforme los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. 

Para solicitar las transformaciones, deberá seguirse el mismo procedimiento que para las prórrogas. Los investigadores e investigadoras principales deben cubrir y firmar el anexo I de solicitud de transformación y tramitar la solicitud al Servicio de PDI a través de las unidades de apoyo de los centros.  

Estrategia OTM-R: selección y contratación abiertas y transparentes 

La estrategia de contratación de personal investigador tiene como referencia los principios de selección e contratación abiertas, transparentes, basadas en méritos e internacionalmente comparables (OTM-R) definidos en el Código.

La Universidade reconoce la necesidad de que los centros de investigación y otras unidades de I+D+i estén en condiciones de contratar personal investigador del modo  más ágil posible, a la vez que se adhiereb a los métodos de mejores prácticas de selección y contratactión, de acuerdo con la legislación vigente.

HR Research asiste y asesora tanto a los solicitantes como a los centros de investigación, unidades y servicios de I+D+i en la contratación de persoal investigador.

Documentación

 

 

Selo HRS4R

 

 

 

 

 

Más información:

Unidade de Contratación do Persoal Investigador
Edificio Exeria
As Lagoas, Marcosende
36310 Vigo
+34 986 130 231 | 986 130 232
consulta.ucpi@uvigo.gal