Comisión asesora de la defensora universitaria

Esta comisión está regulada en el artículo 10 del Reglamento de la defensora universitaria.

Está compuesta por: 

  • Un representante del PDI y su correspondiente suplente
  • Un representante del alumnado y su correspondiente suplente
  • Un representante del PAS y su correspondiente suplente

Funciones

  • El defensor o defensora universitario actúa de oficio o la instancia de parte en relación con las solicitudes, quejas, sugerencias y observaciones que sean susceptibles de necesitar su amparo, formuladas por cualquier miembro de la comunidad universitaria.
  • La defensora o defensor universitaria también podrá desempeñar una labor mediadora a efectos de solucionar un conflicto que afecte a miembros de la comunidad universitaria.

Miembros

  • PDI
    Carmen Ruíz Hidalgo
    Suplente: M.ª Ainoa Zabalza Cerdeiriña
  • PAS
    Rosa María Graña Costas
    Suplente: Antonia Melón Amor
  • Estudantado
    Miguel Fernández Simoes
    Suplente: Andrés Lois Graña Sánchez

Documentación