El Claustro

El Claustro de la universidad es el máximo órgano de representación y control de la comunidad universitaria

Imaxe do Claustro


El Claustro debe servir de ámbito para la formulación de interpelaciones al rector o rectora y a los miembros de su equipo, así como al resto del Consejo de Gobierno.

  • Elaborar, aprobar y modificar los estatutos de la Universidad.
  • Aprobar su reglamento de régimen interno y otros previstos en estos estatutos como desarrollo de los contenidos de sus títulos I e II.
  • Convocar, con carácter extraordinario, elecciones a rectora o rector en los términos fijados en estos estatutos.
  • Crear las comisiones que considere oportunas y elegir a sus miembros.
  • Elegir a los y las representantes en el Consejo de Gobierno y en las comisiones específicas no delegadas, cuando así se especifique en los propios estatutos.
  • Elegir y, en su caso, revocar a la defensora o defensor universitario, aprobar su reglamento y recibir y aprobar su informe anual.
  • Informar preceptivamente sobre la propuesta de creación, modificación o supresión de centros y de unidades docentes y de I+D+i.
  • Aprobar las normas relativas al régimen disciplinario de los miembros de la comunidad universitaria.
  • Conocer y debatir las líneas estratégicas, programáticas y presupuestarias de la Universidad.
  • Conocer y debatir los informes que deba presentar la rectora o rector.
  • Informar preceptivamente sobre las funciones correspondientes al Consejo de Gobierno recogidas en los apartados i), k) y l) del artículo 16.
  • Cuantas otras funciones le atribuyan los estatutos o la legislación vigente.

Son miembros natos del Claustro:

  • La rectora o rector
  • La secretaria o secretario general
  • La gerenta o gerente
  • Las decanas o decanos y directoras o directores de facultades y de escuelas

El conjunto de los miembros natos y electos deberá respectar la siguiente distribución por sectores:

  • 51 %: profesorado doctor con vinculación permanente (PDI-A)
  • 9 %: resto del personal docente e investigador (PDI-B)
  • 25 %: estudiantado
  • 15 %: personal de administración y servicios (PAS)